Obligaciones de Igualdad para las Empresas
El talento no tiene género, sino personalidad
La materia de igualdad en las empresas es fundamental para crear entornos laborales justos y equitativos.
Las compañías deben cumplir con diversas obligaciones para fomentar la igualdad y las oportunidades entre sus plantillas.
En este artículo, resolveremos todas tus dudas sobre las obligaciones de igualdad que tu empresa debe cumplir.
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Protección Integral contra la violencia sexual
La Ley Orgánica 10/2022 introdujo una nueva obligación en materia de igualdad para las empresas. Esta ley requiere que las compañías formen a sus empleados en prevención y sensibilización del acoso, tanto a los existentes en la compañía como a los de nueva incorporación.
La violencia sexual en el ámbito laboral es un problema serio y subestimado que puede afectar profundamente a las víctimas y crear un entorno de trabajo tóxico.
La introducción de este curso en la legislación tiene como objetivo principal proteger a los trabajadores y garantizar que las empresas estén equipadas para abordar este tema de manera adecuada y efectiva.
Plan de Igualdad: ¿Quiénes deben tenerlo?
En el año 2020, se estableció la obligación de contar con un Plan de Igualdad para todas las empresas con una plantilla de al menos 150 personas trabajadoras.
En 2021, esta obligación se amplió a empresas con más de 100 trabajadores y, un año después, se sumaron las empresas con 50 o más trabajadores. Desde marzo de 2022, las empresas con una plantilla de al menos 50 personas deben tener un Plan de Igualdad.
Actualmente, aquellas las empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad que no lo tengan registrado no podrán beneficiarse de las nuevas bonificaciones para la contratación.
Registro Retributivo
Desde el 14 de abril de 2021, todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben mantener un Registro Retributivo. Este registro debe mostrar de forma separada los salarios de hombres y mujeres en la plantilla para garantizar la transparencia salarial. Debe actualizarse anualmente y reflejar los salarios del año anterior.
Plan de Prevención y Acoso Laboral
Desde marzo de 2007, todas las empresas, sin importar su tamaño, deben contar con un Plan de Prevención y Acoso Laboral por razón de sexo.
Esta obligación se encuentra en la Ley de Igualdad 3/2007 y se refuerza con el RD 901/2020, que busca evitar cualquier forma de discriminación de género en el entorno laboral, incluyendo el acoso sexual y por razón de género.
Las empresas deben establecer canales de denuncia para que los empleados puedan informar sobre situaciones de discriminación o acoso (el canal debe ser un mail al que solo tenga acceso la Comisión para la Prevención y Resolución de Conflictos en materia de Acoso, conocida como CPRCA).
Canal de Denuncias
Obligatorio para empresas con más de 50 empleados
La Ley 2/2023 introdujo la obligación de contar con un canal de denuncias interno.
Esto es necesario para proteger la identidad de las personas que denuncien casos de corrupción o fraude en la empresa. Las empresas con más de 50 empleados y las entidades del sector público deben implementar este canal.
Auditoría Salarial
Obligatorio para empresas con más de 50 empleados
Las 2 características importantes que se deben tener en cuenta sobre la obligación de la Auditoría Salarial para las empresas son:
Es parte integral del Plan de Igualdad y tiene como objetivo identificar y corregir desigualdades salariales de género
A diferencia del Registro Retributivo, la auditoría salarial solo se tiene que hacer durante la vigencia del Plan de Igualdad.