Registro Retributivo

¿Qué objetivo tiene el Registro Retributivo?

El registro retributivo tiene como objetivo garantizar la transparencia y la igualdad en las remuneraciones dentro de una empresa, con especial atención a evitar la discriminación salarial por razón de género.

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Pero, ¿qué es realmente el Registro Retributivo?

Transparencia salarial: construyendo Igualdad, fomentando el éxito.

Un registro retributivo es un documento que detalla los ingresos de los empleados de una empresa.

Deberá contener los promedios de los salarios, los complementos salariales y los complementos no salariales, desglosados por sexo.

El informe final compara las retribuciones por puestos en base a los géneros, detectando así las posibles brechas existente entre hombres y mujeres.
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Qué beneficios aporta a la empresa​

El registro retributivo no solo es una herramienta para cumplir con las regulaciones legales, sino que también es un medio eficaz para promover la igualdad de género, mejorar la cultura empresarial, tomar decisiones basadas en datos y asegurar la equidad en la distribución de los ingresos dentro de la organización.

Fomenta la equidad identificando las causas de las brechas salariales.
Corrige y previene que se provoquen esas desigualdades .
Mejorar en el ámbito de la igualdad, eliminando la discriminación retributiva.
Mejora del clima laboral, con un mayor rendimiento profesional.
Evita la imposición de sanciones por infracción de la norma.
Ayuda a mejorar la imagen corporativa.​
Cumple con la normativa vigente.

¿Qué empresas deben implantar el Registro Salarial?​

Todas las empresas que tengan en plantilla al menos un trabajador estarán obligadas a llevar el registro salarial de forma anualizada, según establece el RD 902/2020.
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¿Debe renovarse?

Cada año las empresas tengan que actualizar sus datos económicos y plasmarlos en un estudio donde se refleje el esquema retributivo de la organización, siempre correspondiente con el estudio del ejercicio anterior, por lo que a 1 de enero de un nuevo año ya cuenta con la obligatoriedad de realizar el registro del año anterior en curso.

¿Es obligatorio?

Las empresas tienen la obligación de elaborar el registro retributivo desde marzo de 2019, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, que introduce esta obligación en el Estatuto de los Trabajadores.  

Sin embargo, con la entrada de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y más recientemente, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, desde el 14 de abril de 2021, deben adaptar el contenido de su registro retributivo con la misión de garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres. 

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Todo lo que necesitas saber sobre el Registro Retributivo​

Guía Registro Retributivo
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