Negociar un Plan de Igualdad no va de “ganar” a la otra parte, sino de crear un entorno seguro para dialogar con datos, cerrar medidas realistas y dar visibilidad interna al compromiso. Si haces bien los pasos —convocatoria, plazos, actas, diagnóstico y cronograma— la negociación fluye (y REGCON no se atasca)
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Si alcanzas 50 personas, debes constituir la comisión negociadora en 3 meses desde que superas el umbral. Además, tendrás 1 año (desde que vence ese plazo de 3 meses) para negociar, aprobar y presentar el plan a registro.
Con RLT, negocia la RLT; sin RLT, negocian los sindicatos más representativos y representativos del sector (comisión sindical). La comisión es paritaria y puede apoyarse en asesoría externa con voz sin voto.
La comisión sindical queda válidamente integrada por quienes respondan a tu convocatoria en 10 días. Este detalle es crítico de cara a REGCON.
Al inscribir, te pedirán actas (constitución, sesiones y firma) y datos de las partes firmantes. Diferencia si el plan es acordado o no acordado.
¿Qué ocurre si hay “silencio sindical”?
La regla es negociar con sujetos legitimados. Pero el Tribunal Supremo (STS 545/2024, Pleno, 11/04/2024) abrió una vía excepcional: si acreditas un bloqueo negocial (llamamientos reiterados, 10 días sin respuesta, insistencias documentadas), puede validarse la inscripción del plan sin acuerdo e incluso sin comisión cuando la imposibilidad no es imputable a la empresa. Ojo: no legitima crear “comisiones ad hoc” internas salvo ese bloqueo probado y bien documentado.
La regla es negociar con sujetos legitimados. Pero el Tribunal Supremo (STS 545/2024, Pleno, 11/04/2024) abrió una vía excepcional: si acreditas un bloqueo negocial (llamamientos reiterados, 10 días sin respuesta, insistencias documentadas), puede validarse la inscripción del plan sin acuerdo e incluso sin comisión cuando la imposibilidad no es imputable a la empresa. Ojo: no legitima crear “comisiones ad hoc” internas salvo ese bloqueo probado y bien documentado.
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Carta/Email de convocatoria a sindicatos (plantilla express)
Asunto: Constitución de comisión negociadora del Plan de Igualdad – [Empresa]
Cuerpo (resumen):
Motivo legal (RD 901/2020, art. 4 y 5).
Propuesta de fechas para constitución (3 opciones).
Anexos: plantilla, centros, convenios aplicables, borrador de reglamento interno de la comisión, cronograma y avance del diagnóstico (si lo tienes).
Plazo de respuesta: 10 días desde la recepción.
Contacto y disponibilidad para asesoría técnica durante la mesa.
Estrategia de negociación (7 palancas que funcionan)
Datos primero: llega con diagnóstico claro (brechas, “brecha de información”, infrarrepresentación, salario) y KPIs para seguimiento. Evita “lista de deseos”.
Reglamento de mesa: fijad orden del día, calendario, confidencialidad y gestión documental (actas, versióning). Menos fricción, más avance.
Quick wins + medidas estructurales: combina acciones rápidas (p. ej., protocolos de selección ciega) con medidas de calado (VPT, auditoría retributiva, promoción).
Cronograma realista (12–36 meses): enlaza cada medida a responsable, recursos y métrica.
Comunicación interna: cuenta lo que negociáis para ganar visibilidad interna y apoyo (intranet, Q&A, formación mandos).
Actas impecables: fecha, asistentes, acuerdos y desacuerdos. REGCON valora la prolijidad.
Plan B jurídico: si hay bloqueo, activa protocolo de reiteración y prueba (segundo y tercer llamamiento, burofax, registro de entrada, etc.).
Con RLT vs Sin RLT (qué cambia)
Calendario sugerido (cumplidor, sin prisas ni sustos)
Día 0–10: envía convocatoria y documentación base; recoge respuestas.
Semana 3: constitución formal y aprobación del reglamento de mesa.
Mes 1–3: cierre del diagnóstico; priorización de medidas por ejes (alineable con tus 10 Ejes).
Mes 4–6: redacción y acuerdo del Plan.
Firma + 15 días: inscripción en REGCON con actas y anexos.
Si empezaste a negociar por superar 50 personas, recuerda el hito legal global: un año para tener negociado, aprobado y presentado el plan desde que vencen los 3 meses para constituir la comisión.
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