El plan de igualdad es un conjunto de medidas y acciones que una empresa implementa para promover la igualdad de género y eliminar la discriminación de género en el lugar de trabajo.
A pesar de que las empresas con menos de 50 empleados no están legalmente obligadas a hacerlo, se considera una práctica recomendable que todas las empresas, sin importar su tamaño, contemplen su implementación.
La implementación de un plan de igualdad debe ser un proceso continuo y adaptable a las necesidades cambiantes de la empresa y su personal. Además, es importante contar con el apoyo de la dirección y la participación activa de todos los empleados, fomentando un diálogo abierto sobre igualdad de género y diversidad en el lugar de trabajo para lograr un cambio positivo.
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Toggle¿Obligatoriedad del Plan de Igualdad para empresas de menos de 50 trabajadores?
La elaboración del plan de igualdad es un requisito obligatorio para las empresas con una plantilla de más de 50 trabajadores, imposición incluida en la redacción del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Por lo tanto, las empresas de menos de 50 trabajadores no están obligadas a la elaboración de dicho plan, con excepciones:
- Que lo exija el convenio colectivo de aplicación.
- En caso de que esta medida haya sido impuesta como sanción por la autoridad laboral competente.
El hecho de que la elaboración del plan de igualdad no sea un requisito obligatorio para las empresas con menos de 50 trabajadores no implica que no sea fundamental y esencial, ya que demuestra el compromiso y la responsabilidad de la empresa hacia la igualdad.
Además de realzar la imagen de la empresa, contribuye a mejorar el ambiente laboral, lo que a su vez conduce a la satisfacción de los empleados en sus roles, permitiendo que la empresa retenga a su talento y atraiga a individuos con un gran potencial.
Cabe destacar que a las empresas responsables en materias de igualdad se les otorga el distintivo de igualdad “DIE”.
Debemos tener presente que aunque la elaboración del plan no sea obligatoria, en cambio, la elaboración del registro retributivo si es obligatoria para todas las empresas sin distinción, ya que su misión es acabar con la posible brecha salarial existente entre hombres y mujeres.
Además de las dos excepciones mencionadas anteriormente, nos encontramos con un número elevado de empresas que deciden optar por la elaboración e implantación del Plan de Igualdad en su organización por dos motivos:
Para comprometerse con la igualdad
El plan de igualdad es una herramienta fundamental para demostrar un compromiso sólido con la igualdad de género y la diversidad en el entorno laboral.
Para poder acceder a subvenciones y licitaciones
La ejecución de un plan de igualdad en una empresa puede representar un requisito crucial para acceder a subvenciones y licitaciones, dado que numerosas entidades gubernamentales y privadas buscan fomentar la igualdad de género y la diversidad en sus colaboradores y asociados comerciales.
¿Es lo mismo un plan de igualdad que un plan de medidas/ plan PYME?
No, un plan de igualdad en la empresa y un plan de medidas o plan PYME son conceptos diferentes:
1. Plan de Igualdad en la Empresa: Un plan de igualdad en la empresa se enfoca en promover la igualdad de género y eliminar la discriminación de género en el lugar de trabajo. Es un conjunto de medidas y acciones diseñadas para garantizar que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades y trato en todos los aspectos laborales, como la contratación, la promoción, la formación y las condiciones de trabajo.
2. Plan de medidas o plan PYME: Un plan PYME se refiere a un conjunto de estrategias y acciones diseñadas específicamente para pequeñas y medianas empresas (PYMEs).
Un plan de medidas puede abarcar una amplia gama de temas, en este caso, nos centramos en aquellas relacionadas con la igualdad de género o la diversidad dentro de la organización.
En resumen, un plan de igualdad en la empresa se enfoca en cuestiones de género y diversidad en el lugar de trabajo, mientras que un plan PYME, aunque se puede considerar una estrategia más amplia, coinciden en contenido, objetivos y enfoques.
Diferencias entre el plan de igualdad obligatorio y el plan de igualdad voluntario
Los planes de igualdad son herramientas que tienen como objetivo promover la igualdad de género en el ámbito laboral y combatir la discriminación de género en el lugar de trabajo. La principal diferencia entre un plan de igualdad voluntario y uno obligatorio radica en su origen y la forma en que se aplican.
Plan de Igualdad Voluntario:
Este tipo de plan es iniciado y desarrollado por la propia empresa de manera voluntaria, sin que exista una obligación legal que lo requiera. La empresa decide implementar un plan de igualdad como parte de su compromiso con la igualdad de género y la promoción de un entorno laboral equitativo.
La empresa tiene la flexibilidad para definir los objetivos, acciones y plazos del plan de igualdad de acuerdo a sus necesidades y circunstancias particulares.
La participación de los trabajadores y sus representantes en la elaboración y seguimiento del plan puede variar y ser determinada por la empresa.
Plan de Igualdad Obligatorio:
Este tipo de plan es requerido por la legislación. Las empresas que alcanzan ciertos umbrales de tamaño o cumplen con ciertos criterios están obligadas por ley a elaborar y aplicar un plan de igualdad.
La legislación o las regulaciones establecen los requisitos mínimos que deben cumplir estos planes de igualdad, incluyendo aspectos como la igualdad salarial, la prevención del acoso sexual y laboral, la promoción de la igualdad en la promoción y la formación, entre otros.
En general, la legislación establece que estos planes deben ser desarrollados con la participación activa de los trabajadores y sus representantes, lo que garantiza un enfoque más democrático y participativo en su diseño.
En resumen, la diferencia clave entre un plan de igualdad voluntario y uno obligatorio es que el primero es iniciado por la empresa de manera voluntaria, mientras que el segundo es una obligación legal impuesta por las autoridades gubernamentales. Ambos tipos de planes tienen como objetivo promover la igualdad de género en el entorno laboral, pero el alcance y la forma en que se desarrollan pueden variar significativamente.
Contenido mínimo de un plan de igualdad voluntario
El contenido mínimo del plan de igualdad voluntario es el mismo que el contenido del plan de igualdad obligatorio, es decir, el establecido por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
A nivel general, un plan de igualdad suele incluir los siguientes elementos básicos:
- Determinación de las partes que los conciertan.
- Ámbito personal, territorial y temporal.
- Informe del diagnóstico de situación de la empresa, o de cada una de las empresas del grupo.
- Resultados de la auditoría retributiva, así como su vigencia y periodicidad.
- Definición de objetivos cualitativos y cuantitativos del plan de igualdad.
- Descripción de medidas concretas, plazo de ejecución y priorización de las mismas, así como diseño de indicadores que permitan determinar la evolución de cada medida.
- Identificación de los medios y recursos, tanto materiales como humanos, necesarios para la implantación, seguimiento y evaluación de cada una de las medidas y objetivos.
- Calendario de actuaciones para la implantación, seguimiento y evaluación de las medidas del plan de igualdad.
- Sistema de seguimiento, evaluación y revisión periódica.
- Composición y funcionamiento de la comisión u órgano paritario encargado del seguimiento, evaluación y revisión periódica de los planes de igualdad.
- Procedimiento de modificación, incluido el procedimiento para solventar las posibles discrepancias que pudieran surgir en la aplicación, seguimiento, evaluación o revisión, en tanto que la normativa legal o convencional no obligue a su adecuación.
Coste promedio de un plan PYME
El precio promedio de un Plan de Igualdad para las pequeñas y medianas empresas (PYMEs), puede oscilar entre 1.200 y 2.500 euros.
El coste de un Plan de Igualdad normalmente varía en función de los trabajadores que tenga la empresa (indefinidos y temporales).
Si tienes interés en realizar un plan de medidas o plan pyme, desde Me4Equality os ofrecemos la posibilidad de realizaros un presupuesto adaptados a las necesidades y tamaño de vuestra organización.
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