Actualmente, hay una serie de formaciones que son obligatorias para las empresas en materia de Igualdad, según dictan diferentes normativas, por ello, en este artículo, las repasaremos para que quede claro cuáles son.
Estas obligaciones se aplican desde multinacionales hasta pequeñas empresas, muchas organizaciones están reconociendo que la igualdad de género no es solo un valor ético, sino también una estrategia empresarial inteligente. Estos cursos obligatorios no solo buscan educar a los empleados sobre la importancia de la igualdad de género, sino que también ofrecen una comprensión más profunda de los desafíos que enfrentan las personas de diferentes géneros en el lugar de trabajo.
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Toggle¿Existe algún curso de Igualdad de Género Obligatorio?
Los cursos de igualdad de género en la empresa, no solo son conceptos, sino acciones fundamental para garantizar la justicia social y los derechos humanos. A pesar de los avances logrados, persisten desafíos en la igualdad salarial, representación en cargos directivos y la lucha contra el acoso laboral y el trato desigual. Por ello existen 2 obligaciones impuestas por el estado en materia de Igualdad, que son:
- Sensibilización de Género en la empresa
- Curso Protocolo de actuación frente al Acoso sexual
Sensibilización de Género en la empresa
El curso de igualdad de género en la empresa de sensibilización de género implica la toma de conciencia sobre las disparidades históricas, culturales y sociales entre los géneros, así como el reconocimiento de la diversidad de identidades de género. A través de la formación en sensibilización, se busca cuestionar los roles tradicionales y los estereotipos de género, fomentando una comprensión más profunda y respetuosa de las experiencias individuales y colectivas.
La norma que obliga a realizar esta formación es la LO 10/2022. Artículo 12, que dicta lo siguiente:
“Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.”
La fecha de entrada en vigor de la LO 10/2022 y así la obligación de esta formación fue el 7 de octubre de 2022.
Todas las empresas tienen la obligación de proporcionar esta formación a TODO su personal, ya que se trata de una medida preventiva y de protección que busca garantizar un ambiente laboral seguro y saludable.
El incumplimiento de la empresa conlleva sanciones administrativas. Las sanciones administrativas varían en función de la gravedad de la infracción, pudiendo ser:
Tipo de Fracción | Umbral de Multa |
---|---|
Infracción Leve | 7.501€ a 30.000€ |
Infracción Grave | 30.001€ a 120.005€ |
Ingracción muy grave | 120.006€ a 225.018€ |
Formación de Protocolo de actuación frente al Acoso sexual
La formación detalla minuciosamente todas las disposiciones acordadas entre la empresa o entidad gubernamental y la representación legal de los trabajadores. Su enfoque principal es prevenir y abordar de manera eficiente casos de acoso sexual y discriminación por razones de género que puedan surgir en el entorno laboral.
En concordancia con la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, sobre la igualdad real entre mujeres y hombres, el artículo 48 de dicha ley establece claramente las directrices para prevenir y abordar el acoso sexual y la discriminación por razón de género en el ámbito laboral. Esta legislación impone la obligación de fomentar condiciones laborales que prevengan el acoso, además de establecer procedimientos específicos para evitarlo y facilitar la denuncia de aquellos que hayan sido afectados por estas situaciones.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Igualdad 3/2007 y su R.D.901/2020, todas las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan, deben disponer de la correspondiente formación.
Es altamente recomendable que todo el personal reciba formación en los protocolos de prevención de acoso. Específicamente, es esencial que la Comisión para la Prevención y Resolución de Conflictos en Materia de Acoso (CPRCA) sea beneficiaria de esta formación. La CPRCA constituye un órgano técnico y especializado, encargado de prevenir, investigar, arbitrar, proponer soluciones y dar seguimiento a las denuncias de acoso.
La CPRCA estará compuesta por individuos capacitados en las áreas de acoso, igualdad y mediación.
Se le aplican las mismas sanciones que hemos nombrado anteriormente en el anterior apartado.
Tipo de Fracción | Umbral de Multa |
---|---|
Infracción Leve | 7.501€ a 30.000€ |
Infracción Grave | 30.001€ a 120.005€ |
Ingracción muy grave | 120.006€ a 225.018€ |
Solicitar la Formación Obligatoria de Igualdad de Género
Si aún no has realizado en tu empresa ninguna de estas formaciones o solo has hecho una, este es tu lugar.
Desde Me4Equality queremos comunicarte que tenemos disponibles en nuestra área formativa ambas formaciones.
¿Cómo puedes solicitarlo? Puedes hacerlo a través del mail igualdad@me4equality.com o a través del siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad.